Las autoridades fiscales (el Servicio de Administración Tributaria) así como las fiscales autónomas (el IMSS y el Infonavit) en muchas ocasiones y para presionar a los contribuyentes ordenan al sistema financiero mexicano el congelamiento de cuentas bancarias lo cual, además de causar perjuicios graves a los afectados, es inconstitucional. El artículo 145 del Código Fiscal de la Federación autoriza, bajo ciertos supuestos, el embargo precautorio de bienes del contribuyente mientras que el 145-A del mismo código autoriza, también bajo ciertos supuestos, el aseguramiento de bienes. Ahora bien, el Poder Judicial de la Federación, en diversas ocasiones, ha emitido criterios y jurisprudencias que señalan que lo anterior es inconstitucional por lo que, en caso de que algún contribuyente resulte afectado por tales actividades de las autoridades, procede el juicio de amparo…
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La fundamentación legal de la competencia de las autoridades administrativas es extremadamente importante y no debe pasarse por alto. En días pasados, el Lic. Claudio Jasso, de Colima, Colima, visitó esta página y, con relación al artículo “Las Facultades de las Autoridades” dejó el comentario de cierto criterio juridicial (que no es aún jurisprudencia) que profundiza en la relevancia de la debida fundamentación legal de la competencia de las autoridades administrativas en cuanto a su territorialidad…. Veamos….
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