Tag Archive: Fiscal

Visitas Domiciliarias por Obligaciones o Ejercicios Ya Revisados – Visitas Domiciliarias Ilegales – Parte 7

En esta ocasión quiero retomar el tema fiscal ya que, como sabemos, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Servicio de Administración Tributaria (“SAT”) pretenden, con base en las últimas reformas que se han autorizado por el Congreso de la Unión, apretar a los contribuyentes en su afán de recaudar más.

El SAT, para fiscalizar a los contribuyentes, hace uso en muchas ocasiones de las las visitas domiciliarias. Dichas visitas implican una excepción al derecho constitucional de inviolabilidad del domicilio y, por ende, deben ser reguladas y llevadas a cabo en cumplimiento de diversos requisitos.

Uno de los derechos que hace unos cuantos años fue reconocido a favor de los contribuyentes fue que el SAT no pudiera volver a revisar las obligaciones o los ejercicios fiscales que ya había revisado anteriormente (salvo con algunas excepciones).

Cuanto Pagaré de ISR en el 2010?

Todos hemos escuchado que el Gobierno de Felipe Calderón, en días pasados, presentó a la Cámara de Diputados el proyecto de reformas fiscales para el ejercicio 2010. Entre dichas reformas propuesta por el ejecutivo federal, se encuentra la de aumentar la tasa del impuesto sobre la renta (“ISR”) al 30% (recordemos que, actualmente, la tasa máxima es del 28%).

El contador Fernando Lechuga, en su página de internet (www.despacholechuga.com.mx), ha publicado un artículo publicado originalmente por “Fiscalia” que se titula ¿Cuánto Pagaré de ISR en el 2010?, donde explica brevemente, los impactos de dicha reforma para las personas físicas, en caso de que sea aprobada…..

El Depositario en Materia Fiscal – Parte 3

Esta es la tercera entrega de artículos respecto de los depositarios en materia fiscal. Como hemos platicado en los artículos anteriores, cuando el Servicio de Administración Tributaria (“SAT”) inicia el procedimiento administrativo de ejecución (“PAE”) y pretende el cobro de los créditos fiscales a cargo del contribuyente, al presentarse en el domicilio del deudor y embargar bienes para garantizar el cobro, suele nombrar un depositario de conformidad con el Código Fiscal de la Federación (el “Código”). Finalmente, recordemos que el visitador del SAT puede, conforme al Código, nombrar como depositario al ejecutado (es decir, al contribuyente) o a un tercero. La primera y la segunda entrega respecto de este tema los puedes encontrar aquí y aquí.

Quiero tocar en este artículo el supuesto en que la diligencia de inicio del PAE sea llevada a cabo con una persona que no sea el representante legal del contribuyente deudor. En este caso, dicha persona tendrá el carácter de tercero para efectos de lo establecido en el Código. Qué sucede en estos casos? Inicia la responsabilidad de dicho tercero como depositario de los bienes embargados? Cuando inicia?…..

El Depositario en Materia Fiscal – Parte 2

En este segundo artículo sobre el “depositario” fiscal seguiremos adentrándonos un poco en este tema. La primera parte la puedes encontrar aquí.

En el artículo anterior comentamos que un ejecutor del Servicio de Administración Tributaria (el “SAT”) podría nombrar como depositario, dentro de un procedimiento administrativo de ejecución (“PAE”) al ejecutado (una persona moral para efectos del ejemplo que mencionábamos en el artículo anterior) o bien a un tercero que pudiera ser otra persona moral (por medio de su representante legal) o bien una persona física. También pregunté que qué pasaría si el ejecutor del SAT nombrara como depositario al representante legal de la empresa pero no sin hacer la mención de que dicha persona aceptaba el cargo en nombre de su representada. Estaría dicha persona aceptando el encargo como representante de la empresa o como persona física?

En principio mi opinión es que dicha designación, si no se dice expresamente que se hace al ejecutado, por conducto de su representante legal, se estaría haciendo a la persona física, es decir, a un tercero….

El Depositario en Materia Fiscal – Parte 1

El embargo de bienes es una de las maneras en las que el fisco puede garantizar el pago de un crédito fiscal que le es debido por un contribuyente, esto dentro del procedimiento administrativo de ejecución (“PAE”). Ahora cuando la autoridad fiscal inicia dicho PAE y procede a embargar bienes del contribuyente deudor, conforme a lo establecido por el Código Fiscal de la Federación (el “Código Fiscal”), el funcionario del fisco que haya realizado el embargo tiene la obligación de dejar los bienes embargados bajo la guarda o custodia uno o varios depositarios. Así también, el Código Fiscal establece la posibilidad de que el depositario sea el propio contribuyente o bien en cualquier persona designada por el ejecutor.

Es importante considerar que, conforme a lo que estipula el Código Fiscal, es atribución exclusiva del Servicio de Administración Tributaria (el “SAT”) designar y remover, libremente y bajo su responsabilidad, a los depositarios de los bienes embargados….

La Importancia de las Notificaciones Fiscales; Parte 2.

En el artículo anterior mencioné unos cuantos criterios respecto de las notificaciones fiscales. Ahora, en esta segunda parte, te comparto mas criterios judiciales para entender aun mejor, la trascendencia de estos actos formales de la autoridad. Recordemos que un acto de autoridad que molesta o incide en la esfera jurídica de un gobernado, mientras no haya sido notificado, no tiene ni surte efectos. Ahora bien, si la notificación resultare ilegal, los efectos de la notificación y del acto notificado se retrotraen al momento previo a la notificación realizada en forma ilegal…

La Importancia de las Notificaciones Fiscales; Parte 1.

En derecho fiscal, las notificaciones de los actos de autoridad son a tal grado importantes que, cuando hay una ilegalidad en la notificación, todo lo actuado con posterioridad, resulta nulo. Por lo anterior, siempre que la autoridad fiscal notifique o pretenda notificar una orden de visita domiciliaria, requerimiento de información o multa, para el contribuyente debe ser tan importante el acto de autoridad que se pretende notificar como también la actuación del notificador al notificarlo.

En principio, una estrategia que buscar contar con elementos atacables de una diligencia de notificación es que quien reciba la notificación no sea el representante legal del contribuyente o el contribuyente mismo (cuando se trate de contribuyentes personas físicas)….

Opción Para Reduccion de Pagos Provisionales de ISR.

El presente artículo es la obra de un autor invitado. Jorge Chapa Terán es director general de Plan de Servicios Institucionales, S.A. de C.V. (www.servciosinstitucionales.com), empresa consultora que ofrece diversos servicios, entre los que se encuentra la consultoría en materia fiscal así como la educación continua mediante cursos y diplomados en diversas materias.

Gracias Jorge por esta colaboración tan interesante!

“La administración del flujo de efectivo de las empresas en este año de crisis, en particular, requiere revisar todas las posibilidades para eficientar el uso del efectivo en las empresas para los fines operativos y evitar el posible saldo a favor que se pudiera generar en la declaración anual del 2009…..

Las Deducciones Fiscales – Parte 2

En esta segunda parte del artículo sobre deducciones fiscales, les adjunto algunos criterios judiciales respecto de las referidas deducciones y su procedencia:

“Es lógico y deseable que las erogaciones deducibles se justifiquen en la medida en que resulten necesarias frente a la generación del ingreso del contribuyente…”

“…sin embargo….

Las Deducciones Fiscales – Parte 1

Para la procedencia de las deducción fiscales, la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece que éstas deberán ser “estrictamente indispensables” pero también es una realidad que no es necesario que dichos gastos (deducciones) se refieran únicamente a la actividad principal del contribuyente.

Tomemos en cuenta que la fracción I del artículo 31 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (la “Ley”) establece como requisito de las deducciones que éstas sean estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente; ahora bien, existen algunas deducciones realizadas por los contribuyentes que no necesariamente se vinculan con los ingresos obtenidos pero esto “per-se” no las hace no deducibles….

Visitas Domiciliarias Ilegales – Parte 5.

Las visitas domiciliarias son medios que utilizan las autoridades fiscales para auditar a los contribuyentes y así comprobar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de éstos. Ahora bien, para que los auditores fiscales puedan introducirse al domicilio del contribuyente para iniciar una visita domiciliaria es necesario que la autoridad competente emita una “orden de visita domiciliaria” y ésta, por ser un acto de molestia en contra del gobernado deberá cumplir los requisitos constitucionales para ser válida. Con lo anterior en mente, si la orden de visita domiciliaria se fundamenta en el “artículo 16 constitucional”, dicha orden de visita será ilegal y por ende, también todo lo actuada por el fisco como consecuencia de la misma…..

Exportas Bienes? Nuevos Requisitos Fiscales.

El día 4 de Junio pasado fue publicado en el Diario Oficial de la Federación una reforma al artículo 59 del Código Fiscal de la Federación (el “Código”) que modifica en forma importante los requisitos que los contribuyentes que exportan mercancias deben cumplir para que dicha exportación se considere debidamente documentada para efectos fiscales.

La inclusión de una nueva fracción IX al artículo 59 del Código viene a imponer nuevos requisitos para los contribuyentes a efectos de que acreditar la veracidad de la operación declarada y para que la autoridad no proceda a presumirle ingresos a aquel…

Visitas Domiciliarias Ilegales (Procede el Amparo) – Parte 4.

Las autoridades fiscales, para verificar el cumplimiento de los contribuyentes de sus obligaciones fiscales cuentan, de conformidad con el Código Fiscal de la Federación (el “Código”), con diversos elementos, entre los cuales el principal es, sin duda la visita domiciliaria.

Sabias que la orden de visita domiciliaria, por si misma, es atacable vía juicio de amparo?

AVISO IMPORTANTE

La información, consejos y sugerencias contenidos en este sitio no son, no pueden, ni deben ser considerados asesoría legal respecto de casos concretos.

Jorge Mafud García y Mafud Abogados se deslindan de cualquier consecuencia jurídica o de hecho que pudiera darse en virtud de los actos que, sin asesoría legal adecuada y objetiva, pudieran llevar a cabo los lectores de este sitio.