El embargo de bienes es una de esas figuras jurídicas muy temidas por los deudores y de la que se valen los acreedores, en muchas ocasiones, para atemorizar y amedrentar. Acompáñame en esta primera parte para desenmascarar algunos puntos importantes de esta institución jurídica. Hace unos días, Mar, bloguera responsable de la página “Mi Lucha…
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El embargo de bienes es una de las maneras en las que el fisco puede garantizar el pago de un crédito fiscal que le es debido por un contribuyente, esto dentro del procedimiento administrativo de ejecución (“PAE”). Ahora cuando la autoridad fiscal inicia dicho PAE y procede a embargar bienes del contribuyente deudor, conforme a lo establecido por el Código Fiscal de la Federación (el “Código Fiscal”), el funcionario del fisco que haya realizado el embargo tiene la obligación de dejar los bienes embargados bajo la guarda o custodia uno o varios depositarios. Así también, el Código Fiscal establece la posibilidad de que el depositario sea el propio contribuyente o bien en cualquier persona designada por el ejecutor.
Es importante considerar que, conforme a lo que estipula el Código Fiscal, es atribución exclusiva del Servicio de Administración Tributaria (el “SAT”) designar y remover, libremente y bajo su responsabilidad, a los depositarios de los bienes embargados….
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