El embargo implica el establecimiento, dentro de un juicio, de una garantía sobre de pago de una deuda con bienes del deudor. Muchos deudores son afectados mediante embargos que, por una u otra razón, nunca se ejecutan, es decir, los bienes nunca se rematan y, entonces, pasan los años y el bien sigue embargado… pero, sabías que los embargos caducan?
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Mi colega y amiga, Barbará Amaro, en su página www.miabogadoenlinea.net tiene un artículo sobre los cheques que me pareció interesante y, por ello, quisiera referenciarlo en esta ocasión. El artículo se titula “Cheque” y en él, Bárbara nos comenta que “El cheque es un medio de pago de uso común, más aún, ahora que entró en vigor la Ley del Impuesto sobre Depósitos en Efectivo. A través de este instrumento le estamos ordenando al Banco que pague una determinada cantidad con cargo a nuestra cuenta. Y como cualquier título de crédito, para que sea válido debe reunir ciertos requisitos”.
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