Como sabemos, el Servicio de Administración Tributaria (el “SAT”) ha emprendido una campaña muy agresiva para fiscalizar a los contribuyentes cautivos (en lugar de ponerse realmente las pilas para ampliar el número de contribuyentes… desgraciadamente nuestros “súper” legisladores no ayudan).
Ahora bien, el SAT tiene diversas formas de verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, entre las que se encuentran las revisiones conocidas como “de gabinete” así como las visitas domiciliarias. Las facultades del SAT para realizarlas se encuentra en el articulo 42 y demás relativos del Código Fiscal de la Federación (el “Código”).






