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Lo Mejor del 2009

Uff! Se acabó por fin el 2009; un año de sube y baja, un año difícil para todos, en todas las industrias y comercios.  Ahora, el 2010 trae la esperanza de un nuevo comienzo, nuevas expectativas y mas y mayores retos que vencer. Estoy seguro que el 2010 será un buen año para todos nosotros….

Conceptos Generales del Cheque.

Mi colega y amiga, Barbará Amaro, en su página www.miabogadoenlinea.net tiene un artículo sobre los cheques que me pareció interesante y, por ello, quisiera referenciarlo en esta ocasión. El artículo se titula “Cheque” y en él, Bárbara nos comenta que “El cheque es un medio de pago de uso común, más aún, ahora que entró en vigor la Ley del Impuesto sobre Depósitos en Efectivo. A través de este instrumento le estamos ordenando al Banco que pague una determinada cantidad con cargo a nuestra cuenta. Y como cualquier título de crédito, para que sea válido debe reunir ciertos requisitos”.

Pagarés, Vía Ejecutiva y Vía Ordinaria Mercantil

En este artículo y siguiendo con la serie relativa a los títulos de crédito y en especial respecto de los pagarés, quiero apuntar algunas ideas tomadas de criterios del Poder Judicial Federal. En este artículo quiero abundar un poco respecto de las consecuencias de la perdida de la “acción cambiaria”. Como lo he mencionado en artículos anteriores, la acción cambiaria es aquella que le da el derecho al acreedor para utilizar la “vía ejecutiva mercantil” al demandar a su deudor, teniendo así la ventaja de poder embargar bienes que garanticen el eventual pago de la deuda.

Cuando dicha acción cambiaria ha prescrito por haber pasado más de 3 años desde que el pagaré pudo cobrarse o bien 3 años y 6 meses cuando el pagaré era a la vista (con algunas excepciones), el acreedor pierde la “vía ejecutiva” pero conserva la “vía ordinaria”…

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