En esta segunda de tres partes, nuevamente abordaremos diversos aspectos importantes de las relaciones laborales entre el patrón y sus trabajadores de confianza. Aquí puedes encontrar la primera parte.
Como mencionamos en el artículo anterior, el trabajador de confianza será aquel que, en virtud de sus funciones, adquiera ese carácter, sin importar el nombre que se le dé a su puesto dentro de la organización.
Igualmente, comentamos que la necesidad de acreditar si un trabajador es o no es de confianza generalmente se presente dentro de los juicios laborales que dichos trabajadores presten contra el patrón.
