Para variarle un poco, hoy he decidido darte varios consejos de cómo redactar un pésimo contrato. A ver que te parecen!
1. No verifiques quien es tu contraparte.
Las relaciones jurídicas se forman entre 2 o más partes. Ahora, siempre es y será importante conocer quién es tu contraparte. Por ello, antes de firmar un contrato, debes saber el nombre completo de tu contraparte (nombres y los dos apellidos) o bien la denominación social completa, en su caso. También es importante conocer los datos generales de la contraparte, dirección, teléfonos, emails, datos de acta constitutiva, de sus reformas, incluso, en algunos casos, los estados financieros de la contraparte.
Pero para hacer un pésimo contrato, olvídate de lo anterior.
2. No cheques que quien va a firmar tenga poderes para ello.
Cuando tu contraparte firmará mediante un representante legal, es fundamental checar que la persona que pretende firmar realmente cuente con poderes para hacerlo en forma legal. Por ello, hay que checar la escritura pública en donde se hagan constar los poderes.
Pero para hacer un pésimo contrato, olvídate de lo anterior.
3. No definas el objeto y alcance el contrato.
Un contrato debe tener un objeto lícito para ser válido. La definición correcta del objeto del contrato es primordial para encuadrar la relación jurídica entre las partes; por ello, al redactar el documento las partes deben cuidar que quede claro de que se trata el contrato. Además, recuerda que no importa el nombre que le des al contrato, sino lo importante es lo que se interpreta del texto del mismo.
Pero para hacer un pésimo contrato, olvídate de lo anterior.
4. No definas el tiempo, modo y lugar del pago.
Las obligaciones de pago son de las más importantes dentro de un contrato. Ahora, para que toda obligación quede bien definida, ésta debe establecerse señalando el tiempo, el modo y el lugar para cumplirla. Por ello, aunque parezca redundante, tratándose de la obligación de pagar es importantísimo que las partes definan muy claramente lo anterior.
Pero para hacer un pésimo contrato, olvídate de lo anterior.
5. No definas los intereses moratorios.
Al igual que la obligación de pago es de las más importantes, el incumplimiento de pago es de los incumplimientos que más lastiman a las empresas. Por ello, siempre es importante establecer las consecuencias económicas del retraso en el pago de la prestación. Los intereses moratorios son la forma de establecer lo anterior. Desgraciadamente, en muchas ocasiones los empresarios, para no verse “agresivos”, omiten establecer los intereses moratorios y esto, en caso de incumplimiento, implica que, en el mejor de los casos, quien demande y gane una demanda en contra de quien dejó de pagar, podrá reclamar únicamente el 6% anual como intereses. Casi nada, verdad?
Pero para hacer un pésimo contrato, olvídate de lo anterior.
6. No definas penas convencionales.
Al igual que los intereses moratorios, definir penas convencionales es, en mi opinión, súper importante dentro de cualquier relación jurídica. Si bien la ley establece que se pueden reclamar los daños y perjuicios que se causen por el incumplimiento, la realidad es que en la práctica es dificilísimo conseguir una condena de dichos daños y perjuicios ya que el demandante tiene que acreditarle al juez dichos daños y dichos perjuicios.
Además, yo siempre recomiendo que las penas convencionales sean cantidades fijas y no cantidades sujetas a variables. Por ejemplo, una pena convencional equivalente al 10% de las ventas del mes resulta una pena convencional difícil de determinar, ya que requerirías acreditar, primero, cuales fueron dichas ventas. Por ello, siempre será mejor establecer cantidades fijas o bien, en dólares.
Pero para hacer un pésimo contrato, olvídate de lo anterior.
7. No definas que cada parte es responsable de sus propios empleados.
Las responsabilidades laborales son de las que más temor dan a los empresarios. Por ello es importante dejar bien definido en el contrato que cada parte es patrón de sus propios empleados y que, por ningún motivo, los empleados de uno podrán considerarse empleados del otro. Además, debe establecerse claramente que cada parte se obliga a indemnizar a la otra en caso de que un empleado de una parte demande laboralmente al otro.
Pero para hacer un pésimo contrato, olvídate de lo anterior.
8. No definas que la información compartida es confidencial.
Siempre que se hacen negocios, existe intercambio de información. Mucha de esa información es importante para las partes ya que les trae ventajas competitivas y, por ende, debe ser considerada información confidencial. Por lo anterior, es bueno establecer claramente el compromiso de cada parte de no divulgar la información confidencial que reciba de la otra parte.
Pero para hacer un pésimo contrato, olvídate de lo anterior.
9. No definas cuales tribunales serán los competentes en caso de controversia.
Desgraciadamente, en los negocios, es posible que las cosas salgan mal. Definir los tribunales competentes para el caso de controversia es importante ya que dan a las partes la seguridad, desde un principio, de donde se llevará el juicio, en su caso. La ley establece reglas generales respecto de a qué tribunales corresponde conocer de los juicios y, en muchas ocasiones, se refiere al domicilio de la parte incumplida. Lo anterior, en muchas ocasiones pudiera complicarle la demanda a quien demanda, es decir, “todavía que no me pagas tengo que ir a demandarte a tu domicilio”?
Por lo anterior, yo recomiendo que los tribunales competentes queden establecidos en el domicilio de la parte que normalmente le correspondería cobrar dinero (ya que el pago es la obligación que más comúnmente se incumple).
Pero para hacer un pésimo contrato, olvídate de lo anterior.
Qué otros ANTI-tips se te ocurren? Ponlos en tus comentarios!
Saludos.
Jorge Mafud – (81) 8399-0579
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